Por Miguel Eduardo Almánzar
Desde que empezamos nuestra formación en la carrera de Derecho, u
en otra área del saber, y nos interesamos por la vida política del país y las
acciones que esta conlleva, es costumbre escuchar sobre el Principio de
Legalidad. Este sirve como parámetro y delineante de las acciones públicas, o
presenta dicha intención. Es un principio fundamental del Derecho.
Según Henry Capitant, la palabra legalidad
proviene de “legal” que significa: de la
ley o que resulta de la ley, Otra acepción sería: conforme a la ley[1].
Lo legal es todo aquello que sigue los parámetros de las leyes de una
sociedad. El principio de Legalidad o de Primacía de la ley, estipula que todos
los actos y poderes públicos, no importa de qué autoridad emanen, deben estar
apegados a la leyes de una nación y del Derecho Internacional y sus tratados o
convenios, en cuanto sean ratificados por dicho Estado.
Nadie puede
derogar el mismo, ya que provee de seguridad jurídica a la población y todos
los afectados por actos o poderes públicos. Aunque suele ser etiquetado como
parte del Derecho Público, también es aplicable al Derecho Privado, ya que es
deber de todos regir tanto nuestras acciones como personas, a lo establecido
por la ley.
El
ordenamiento jurídico pues, sirve como estandarte y sendero para todas las
actuaciones de los miembros y organismos sociales. Sobre esto debemos
considerar la importancia de los principios en el Derecho. De acuerdo con
Robert Alexy: “tanto las reglas como
principios son normas porque ambos dicen lo que deben ser; ambos pueden ser
formulados con la ayuda de las expresiones deónticas básicas del mandato, la
permisión y la prohibición”. Alexy nos provee una definición más concreta
al afirmar que: los principios son normas
que ordenan que algo sea realizado en la mayor medida posible, dentro de las
posibilidades jurídicas, reales y existentes. Son mandatos de optimización cuya
medida de cumplimiento pueden ser en diferentes grados.[2]
Sin embargo,
seria fútil afirmar que todas las acciones ejecutadas bajo el amparo de la ley
son justas. Existe una diferencia entre Derecho y Justicia, campos que aunque
relacionados contienen diferencias claras. Ejemplos tenemos de sobra en la
sociedad dominicana, empero la última hazaña del Tribunal Supremo Venezolano,
sirve de inspiración para el presente análisis. El pasado veinticuatro (24) de abril, dicho órgano judicial emitió un fallo en el cual se determinó que
todo aquel que quiera manifestarse pacíficamente, deberá pedir permiso a los
gobiernos locales. En una insólita sentencia, el Tribunal afirmó que el derecho
a protestar no es absoluto y por lo tanto admite ciertas restricciones.
No asombra a
nadie, que esta sentencia vea la luz en medio de las protestas contra el
gobierno del presidente venezolano Nicolás Maduro. No extraña tampoco, que dos
alcaldes opositores hayan sido destituidos y encarcelados por no haber hecho
suficiente para dispersar las manifestaciones, a juico de la Alta Corte
Venezolana.
No es la
intención, examinar si el fallo es político o atiende a una fiel interpretación
constitucional, sino ejemplificar que es de necios afirmar que lo legal es
siempre justo, y por ende que el Derecho es sinónimo de Justicia. El derecho a la
protesta pacífica, es uno de carácter fundamental y salvaguarda de la
democracia y libre expresión. Coaccionar el mismo a procesos administrativos,
es ilógico e injusto, y contraviene el espíritu de las leyes y en especial la
función de estabilidad, unidad y limite del poder de la Constitución.
No obstante,
la interrogante principal, es que hacer ante la violación de un derecho tan
importante para la sociedad democrática, o en su defecto el quebrantamiento de
la justicia. Muchos se basan en el argumento de Gandhi: “Cuando una ley es injusta, lo mejor es desobedecer” o en el famoso Montesquieu:
“Una cosa no es justa por el hecho de ser
ley, debe ser ley porque es justa”
¿Qué debe
hacer entonces el abogado, jurista y ciudadano en general, ante una ley o
disposición judicial tan enfáticamente injusta? ¿Se puede argumentar la
desobediencia legal a favor de la justicia? ¿Cómo entonces definimos cuando una
ley es justa y cuando no lo es? Preguntas con cierto carácter de complejidad, y
aun así es necesario responderlas.
Si una ley es
en efecto injusta y viola la misma unidad e intención de los preceptos en
general, su motivo de existencia y el propósito del Derecho, entonces en
resarcimiento del mal causado a la sociedad por su aplicación, es preciso
desacatarla. No es permisible un apoyo ciego a las leyes, códigos y principios
cuando su aplicación vendría a contravenir la razón misma sus existencias. El
Derecho debe tener ser acorde a la realidad y a las normas deseadas para
alcanzar el mejoramiento social, cuando ocurre lo contrario, obedecer sería ayudar a la
perdición de la sociedad.
Oponerse
pues, es la primera de las acciones a realizar, a este le secundaría modificar
dicha ley o disposición judicial. Especificar las situaciones cuando una ley es
injusta o no, es más difícil y suele ser objeto de prejuicios personales. Pero
de parámetro puede servir la restricción de libertades fundamentales y
constitucionales.
Dos frases
sirven de nota final a este articulo, la primera proviene de un vocablo en latín:
“ius quia iustum non jus quia jussum” traducido
seria: “El derecho no debe ser obedecido
no tanto porque está mandado y es una ley, sino porque lo que se manda es
justo, porque busca el ideal de la justicia”
La segunda
forma parte del Decálogo del Abogado, escrito por el jurista Eduardo J. Couture: “Tu
deber es luchar por el Derecho, pero el día que encuentres en conflicto el
derecho con la justicia, lucha siempre por la justicia.”
[1] Diccionario Jurídico, Henry Capitant
Siga profundizando, apenas acabas de empezar.
ResponderBorrarGracias por su comentario, y tiene razon, esto solo es el principio de tan gran dilema. Por cuestiones de espacio no me fue permitido profundizar mas. Pero es un tema muy complejo, tanto para la vida juridica como para la social.
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